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viernes, 7 de septiembre de 2012

Descubriendo a María Magdalena




Desde la encomienda de Barcelona para esta nueva temporada vamos a investigar quién fue verdaderamente la figura de la Magdalena mencionada en los Evangelios. Lo hacemos de una manera muy especial, porque es la patrona del Gran Priorato Templario de España – SMOTH-MIT, al cual pertenecemos.

Pero este recorrido histórico lo vamos a hacer con la ayuda del licenciado en teología por la Universidad Pontificia Gregoriana de Roma, D. Lluís Busquets Grabulosa. Para este primer capítulo hemos creído oportuno dar a conocer la posible faceta intelectual que tuvo María Magdalena y su –también probable- influencia en la comunidad cristiana.

Por ello hemos seleccionado unos textos del libro del mencionado licenciado “Els evangelis secrets de Maria i de la Magdalena”.

Desde Temple Barcelona os invitamos a recorrer esta interesante cuestión.

¿María Magdalena llegó a ser evangelista?

Lo primero que debemos examinar es el hecho que ha salido recientemente a la palestra sobre la posibilidad de que la Magdalena sea autora del cuarto Evangelio atribuido al “Discípulo amado”, erróneamente identificado como el apóstol Juan, y que para una mayoría de expertos sería de un seguidor anónimo.

El promotor de esta hipótesis es el padre Ramon K. Jusino. La tesis es doble: a) se debe identificar a la Magdalena con el desconocido “Discípulo amado” del cuarto evangelio en la tradición anterior de la comunidad del cuarto Evangelio; b) la Magdalena se postula, por lo tanto, como fundadora y abanderada de lo que ha venido a llamarse comunidad joánica.

Sus teorías se apoyan en las investigaciones de Raymond E. Brown, en la evidencia interna del texto y en las pruebas y vínculos externos, especialmente en la relación con los hallazgos de la biblioteca gnóstica de Nag Hammadi. Hoy no hay problema en admitir que la versión escrita de las tradiciones del cuarto Evangelio formó parte de la trayectoria vital de la comunidad joánica conformada por los seguidores del “Discípulo Amado”. Brown ofrece la  hipótesis de una composición después de la expulsión de los cristianos de las sinagogas. Y esboza tres fases: 1) una versión precanónica, originada por el “Discípulo amado”; 2) la escritura del Evangelio por parte del autor principal (el evangelista propiamente dicho); 3) una redacción final después de la muerte del “Discípulo amado” que acabaría constituyendo la versión canónica. Como para Brown el autor de un texto evangélico es la persona a partir de cuyas ideas se origina el libro y no quien las plasma en el papiro con un cálamo, Jusino afirma que la contribución de la Magdalena se produjo en la primera fase; que después el Evangelio pasó por diferentes estadios de modificación y que el resultado redaccional último fue, por motivos que desconocemos, la supresión del nombre de Magdalena como líder de su propia comunidad y como autora promotora del cuarto Evangelio. En esta evolución, Brown postula que la comunidad joánica se dividió en dos antes de la redacción final del Evangelio por un desacuerdo cristológico interno: la mayoría (Brown los denomina Secesionistas) acabaron en setas gnósticas, en el docetismo y en el montanismo; la minoría (denominados Apostólicos) se habrían ido amalgamando en la Iglesia ortodoxa emergente. Jusino aduce que la versión precanónica del Evangelio, en la época del cisma, identificaba a Magdalena como el “Discípulo amado”, la fundadora de la comunidad, hasta que el redactor final procuraría ensombrecer y hacer desaparecer esta escandalosa presencia femenina.

Ahora bien, ¿consiguió el redactor final hacer desaparecer a Magdalena como Discípula Amada? Convendrá analizar la coherencia interna del Evangelio en los momentos en que hace referencia al Discípulo Amado.

El análisis interno resiste, pues, la hipótesis. Desde el punto de vista externo, admitido que el Evangelio nace en la comunidad joánica, hay que saber que a continuación fue tan apreciado por cristianos gnósticos que el primer comentario que se conoce de él es obra del gnóstico Heraclio (hacia el año 180). Y en algunos de sus escritos, como ya veremos, se mantiene la rivalidad entre Pablo y el “Amado”, como aparece al final del canónico, de lo cual se infiere algún tipo de relación entre el cuarto Evangelio y los textos de la biblioteca gnóstica de Nag Hammadi.

En definitiva, debemos permanecer abiertos a la participación de Magdalena en la denominada comunidad joánica y en la elaboración, en fases iniciales, del cuarto Evangelio.

La imposición del machismo jerárquico

Los testimonios gnósticos nos demuestran que los primeros cristianos debatieron intensamente problemas tan básicos como el significado de las enseñanzas de Jesús, la naturaleza de la salvación, el valor de la autoridad profética, el rol de las mujeres y los esclavos en las primeras comunidades y otros temas afines. El “relato dominante” fue producto de disputas – a veces, lamentablemente, de imposiciones- y no un punto de partida. Tenemos buen ejemplo de ello en los fragmentos recuperados de algunas epístolas atribuidas a Pablo (que  nunca debieron salir de su mano), cuando, con tufo a misoginia, niega cualquier papel activo de las mujeres en la liturgia: 1Co 11, 6-12; 1Tm 2, 11-14. Había, claro, otros problemas. ¿Podían considerarse cristianos los grupos que no pensaban que la muerte de Jesús supusiera algún valor salvífico y que no esperaban su retorno como los que originaron el ya mencionado Evangelio de Tomás, nuestro propio Evangelio de María o el Evangelio de la Verdad? Los dos últimos coinciden en que no hace falta ser salvado de pecado alguno, sino del error, la angustia y el terror. La crucifixión de Jesús no es la salvación en sí misma; somos redimidos del sufrimiento, no por el sufrimiento.

En la antigüedad cristiana, “María Magdalena sería considerada y valorada como la mujer gnóstica por excelencia”, escribe el jesuita padre Alcalá. Decir eso supone, como siempre se ha afirmado, que el Evangelio de María es gnóstico (y la prueba de ello, por anacrónica que hoy nos resulte, es el cuadro trazado por los intelectuales más polemistas frente a la herejía, como Ireno de Lyón). Sin embargo, esta concepción da por descontados dos puntos de llegada: el primero, que el conflicto estaba presente, es decir, que había tensiones entre los cristianos del grupo de la Magdalena y los que podríamos denominar protoortodoxos (Pedro, en el Evangelio de María, representará esta postura). Todo lo cual, en este sentido, supone aceptar la discusión y el debate entre las primeras comunidades, un debate en que el papel de la mujer es centro de discusión en tiempo de los paulinos- los sucesores de Pablo- y la Didajé. Basta con tener presentes los textos que acabamos de tildar como misóginos de 1Co 11, 6-9 y 1Tm 2, 9-14 –donde se impone que las mujeres renuncien a hablar y enseñar públicamente en las comunidades- para darse cuenta de que, desde los orígenes, existió una lucha sorda para imponer el liderazgo patriarcal masculino en la jerarquía eclesial frente al femenino; nuestro Evangelio, como veremos, constituirá un desafío directo a esta autoridad jerárquica masculina.

El segundo punto de llegada se deduce del anterior: la Magdalena y el grupo que ella encabezaba salieron perdedores ante la imposición machista jerárquica. No se trata de un simple problema de género (ya suficientemente escandaloso entre los seguidores de un Jesús que nunca hizo discriminaciones entre hombres y mujeres), sino de una intelección de Jesús, impuesta con expurgación de textos, manipulaciones, amaños, desconfianzas, intimidades, exigencias sobre maneras de hacer, tradiciones, liturgias, en definitiva, con todo tipo de coerciones para acabar imponiendo un relato dominante triunfador y, por tanto, como el único ortodoxo. Un relato que todavía hoy se asienta como tal. Basta ver con qué argumentos tan débiles impide la jerarquía actual el acceso de la mujer a los ministerios sacerdotales.

¿Debemos esperar en el futuro “otro” relato, un nuevo relato más allá del “dominante” hasta la fecha? Están trabajando en ello algunos investigadores, escrituristas, historiadores, exégetas y teólogos. ¿Cómo será? Es imposible pronosticarlo, pero deberá ser más complejo y otorgar más protagonismo a grupos diversos de cristianos capaces de debatir, valorar, idear soluciones y llegar a éxitos y fracasos en su intelección de Jesús. Y deberá devolver a la mujer el papel y los roles que se le robaron a lo largo de los siglos.

jueves, 6 de septiembre de 2012

Sentencia histórica para los cristianos en India: “la ley anti-conversión viola la Constitución”



Desde la encomienda de Barcelona queremos compartir con todos vosotros una noticia que ha sido publicada en la página de Forum Libertas, donde se muestra esperanzadora para nuestros hermanos cristianos de la India

Por primera vez en la historia de la India post-colonizada, jueces de distintas conversiones han dictaminado que la ley anti-conversión viola la Constitución indú, lo cual abre la posibilidad de que la libertad de credo pueda desarrollarse en el país sudasiático.

Desde Temple Barcelona, esperamos que su lectura os sea gratificante.

ForumLibertas.com

La comunidad de cristianos en el Norte de la India han recibido con alegría y esperanza una sentencia histórica, la del Tribunal Superior del Estado de Himachal Pradesh, que establece que la ley anti-conversiones aprobada en ese Estado es, en algunas partes, “anticonstitucional”.

El Tribunal ha declarado que “la Sección 4 de la medida y los artículos 3 y 5 del documento aplicativo violan las disposiciones constitucionales”. Estas normas declaraban ilegal la libre conversión de una religión a otra, permitiéndolo solo después de un largo proceso de investigación, y la autorización de un magistrado, e imponiendo, en caso contrario, multas y sanciones. 

De hecho “una persona no solo tiene el derecho a la libertad de conciencia, el derecho a profesar una fe, el derecho de modificar su fe sino que además también tiene derecho a mantener sus convicciones secretas”, dice la sentencia.

Se trata de una sentencia histórica, emitida a través de los jueces Deepak Gupta y Rajiv Sharma. El recurso había sido presentado en 2011 por un grupo de organizaciones cristianas que habían empuñado la ‘Ley sobre la religión’, formulada en 2006 y entrada en vigor en 2007, según informa la Agencia Fides.

En un comunicado enviado a esta agencia, el “Consejo Global de Cristianos Indios” (Gcic), acogiendo favorablemente la sentencia, agradece a los abogados de diferentes religiones que han trabajado en el recurso, argumentando que la ley viola algunos derechos fundamentales de los creyentes. El Consejo, recordando que “todas las conversiones, que tienen lugar libremente, son legales, solicita al gobierno central y a los estatales la protección de todos los creyentes que ejercen este derecho”.

El padre Dominc D’Abrio, portavoz de la Conferencia Episcopal de la India, aseguró a Fides: “Es un paso muy positivo, los cristianos se beneficiarán enormemente. La sentencia podría sentar un precedente y tener un efecto dominó, animando a otras acciones contra leyes anti-conversión, de la misma naturaleza, que están vigentes en otros Estados de la Federación India”. 

El primer estado en aprobar una ley que prohíbe las conversiones fue Orissa en 1967, seguido por Madhya Pradesh en 1968 y por Arunachal Pradesh en 1978. El gobierno del partido nacionalista hindú ‘Bharatiya Janata Party’ (BJP) la ha introducido en Gujarat en 2003 y en Chhattisgarh en 2006, un año después de su entrada en vigor en Himachal Pradesh. 

Para los cristianos, estas leyes limitan el derecho fundamental a la libertad religiosa, son herramientas en manos de grupos extremistas hindúes, que acusan a los cristianos de “proselitismo y conversiones forzadas”. Se utilizan para golpear a las minorías religiosas, envenenando el tejido social y sembrando odio en la sociedad India.

miércoles, 5 de septiembre de 2012

Templarios en las tierras del río Ebro: Flix



Desde la encomienda de Barcelona volvemos con el apartado destinado a conocer cómo la Orden del Temple tuvo un potente influjo sobre las tierras donde estuvo asentada. En este caso creemos que es interesante investigar por las fértiles tierras del río Ebro.

Para ello hemos seleccionado un nuevo texto del escritor y periodista D. Jesús Ávila Granados de su libro “Templarios en las tierras del Ebro”, donde con una lectura ligera nos ameniza los rincones donde habitaron los templarios.

Desde Temple Barcelona deseamos que disfrutéis de su lectura.

Fotografía del río Ebro a su paso por la villa de Flix.

Ribera d’Ebre, Tarragona

Al norte de la comarca, acurrucada dentro del meandro más espectacular que forma el río a lo largo de todo su recorrido, está la villa de Flix. El nombre deriva de la palabra latina Flexum (curvatura); otros eruditos defienden que se trata de una derivación del árabe clásico al-falij (que quiere decir “el lugar”, o “la victoria militar”). Según sus anales altomedievales, el máximo apogeo andalusí de la plaza se consiguió en el fatídico año 1000; entonces la población era conocida como Iflix, que hacía referencia a un husum (fortaleza de frontera).

El sitio cristiano en la alcazaba de Flix se inició en el año 1149; no obstante, la conquista definitiva no la consiguió Ramón Berenguer IV hasta el 4 de octubre de 1154, gracias a la intervención de los genoveses. Tres años después el conde de Barcelona libró la tercera parte de la plaza, con todos sus derechos, a un noble llamado Bonifacio Della Volta y a su hijo; mientras que la iglesia pasaba a formar parte del priorato de Sant Pere de Besalú. Hasta finales del siglo XIV, la fmilia Della Volta ejerció como un señor feudal de Flix; pero en el año 1398, en tiempos del monarca Martí I el Humano, la baronía de Flix fue adquirida por la Ciudad Condal.

Aunque la villa no fue posesión templaria, a pesar de estar situada entre dos enclaves de gran fuerza del Temple (Miravet y Riba-roja d’Ebre), los caballeros sí que dispusieron de algunas tierras de conreo y diversos molinos en su municipio. En 1241 se produjo en esta villa un hecho de gran valor histórico para los destinos de las poblaciones de las Tierras del Ebro, con la promulgación de la Sentencia de Flix por parte del obispado de Lérida, documento que daba derecho al pueblo sobre los otros poderes; de esta manera, se restablecía la posición de la Orden del Temple sobre los derechos y deberes de la nobleza y señoríos de la zona, y se limitaba la ingerencia de estos estamentos en los territorios controlados por templarios. Una herencia de los caballeros es el culto a santa Águeda.

En el patrimonio monumental de Flix, localizado en el entorno de las plazas Mayor y de España, cabe destacar la iglesia parroquial de la Mare de Déu de l’Assumpció, construida en el año 1154 sobre una mezquita islámica anterior; en su interior, los arcos torales reposan sobre columnas cilíndricas que no llegan hasta el suelo, hecho que nos recuerda al arte cisterciense. Y, en el ámbito arqueológico, es necesario destacar los yacimientos celtas e íberos, próximos al curso del Ebro. Si sois amantes de la naturaleza, no os perdáis la reserva de Sebes, donde podréis admirar un verdadero paraíso biológico en el ecosistema fluvial.

martes, 4 de septiembre de 2012

El Santo Padre alerta de los peligros de la falsa religiosidad.



Desde la encomienda de Barcelona queremos compartir con todos vosotros la reflexión y meditación del evangelio dominical de ayer 2 de septiembre, Día del Señor. Pero esta vez lo haremos acompañados de la palabra del papa Benedicto XVI, el cual agudizó en la peligrosidad que tiene desviarse del camino de la religión para centrarse en otros fines mucho más mundanos.

Para ello hemos seleccionado un nuevo texto que hemos recibido del Servicio de Información Vaticana (VIS), para que podáis ser vosotros también partícipes del dictamen del Santo Padre.

Ciudad del Vaticano, 2 de septiembre (VIS).-La Ley de Dios que encuentra su cumplimento pleno en el amor fue el tema de la meditación de Benedicto XVI antes de rezar el ángelus con los fieles reunidos en el patio del palacio apostólico de Castel Gandolfo.

Comentando el Evangelio de San Marcos en que los fariseos reprochan a los discípulos de Jesús que no siguen los preceptos higiénicos de la ley mosaica, el Papa explicó que la Ley de Dios “es su Palabra que guía al ser humano por el camino de la vida, lo aleja de la esclavitud del egoísmo y lo lleva a la 'tierra' de la libertad y de la vida verdaderas. Por eso, en la Biblia, la Ley no se considera ni un peso ni una limitación opresora, sino el don más precioso del Señor (...) de su voluntad de estar cerca de su pueblo, de ser su aliado”.

Pero el problema, cuando el pueblo se establece en la tierra prometida y es depositario de la ley, es la tentación de “poner su seguridad y su alegría en algo que ya no es la Palabra del Señor: son los bienes, el poder, otras 'divinidades' que en realidad son vanas, son ídolos. Sí, sigue habiendo una Ley de Dios, pero ya no es lo más importante, ya no es la regla de vida; se convierte más bien en un envoltorio, en una cobertura, mientras que la vida sigue otros caminos, otras reglas, otros intereses, a menudo egoístas. De ese modo, la religión pierde su sentido auténtico (...) y se reduce a la práctica de usanzas secundarias, que satisfacen, más bien, el deseo humano de 'cumplir' con Dios”.

“Este- advirtió el Santo Padre- es un grave peligro de todas las religiones, y con el que Jesús se encontró en su tiempo, pero que puede ocurrir, desgraciadamente, también en la cristiandad. Por eso, las palabras que Jesús dirige en el Evangelio de hoy a los escribas y fariseos también deben hacer que reflexionemos nosotros. Jesús hace suyas las palabras del profeta Isaías: “Este pueblo me honra con los labios, pero su corazón está lejos de mí. En vano me rinden culto, enseñando doctrinas que son preceptos de los hombres. (...) También el apóstol Santiago, en su carta, alerta del peligro de una religiosidad falsa”.

Después de rezar el Ángelus, Benedicto XVI, saludó entre otros a un grupo de peregrinos del Líbano y manifestó su alegría de visitar dentro de poco ese país.

lunes, 3 de septiembre de 2012

Fallecimiento de Dña. Elena Montes Bahena



Desde la encomienda de Barcelona queremos daros a conocer una triste noticia. La pasada madrugada del viernes 31 de agosto falleció la hermana sor+Elena Montes Bahena debido a una temible enfermedad contra la que estuvo luchando durante dos años.

El sábado pasado 1 de septiembre, recibió cristiana sepultura, celebrándose ante el calor de sus familiares, hermanos, amigos y vecinos en la ermita de Ntra. Sra. de la Paz, patrona de la villa madrileña de Alcobendas.

Sor+Elena era muy querida por todas las personas que la conocían, pues siempre tenía un carácter amigable y una bondad sincera.

Por ello desde este humilde rincón de la casa templaria de Barcelona, aprovechamos para enviar un calurosísimo abrazo a nuestro estimado hermano fr.+Antonio Medina, esposo de la hermana fallecida, y al resto de familiares, recordándoles que la muerte corpórea no es el final de la vida, sino el comienzo de una nueva etapa donde ni el dolor li la tristeza tienen cabida, sino que por el contrario, abundan la paz y el amor a raudales.


Fotografía de sor+Elena junto a su esposo fr+Antonio en el monasterio del Real de la Secar (Palma de Mallorca)

Oremos al Señor:

Dale, Señor, el descanso eterno a nuestra estima hermana sor+ Elena Montes Bahena.
Brille para ella la luz perpetua.
Descanse en paz. Amén