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viernes, 1 de julio de 2011

Las obsesiones sexuales y antirreligiosas


Desde la encomienda de Barcelona, hemos encontrado interesante el compartir el siguiente artículo publicado en Forum Libertas, donde muy acertadamente recoge que los “antirreligiosos” se acogen al espacio jurídico para intentar que prevalezcan sus ideales y así conseguir que desaparezcan de la vida pública elementos religiosos.

Hoy son los símbolos, mañana serán las costumbres y fiestas religiosas con tal de borrar el sentimiento cristiano de nuestra sociedad.

Desde Temple Barcelona, deseamos que la sensatez, la pluralidad y la libertad, imperen por encima de cualquier idea unidireccional.

Las dos grandes obsesiones de nuestro tiempo son la sexual y la antirreligiosa. Mientras que hay personas que piden ayuda para superar su obsesión sexual, ¿cuántas fobias antirreligiosas acuden a terapias de superación?

La cantidad de impactos sexuales que reciben diariamente los obsesos en la sociedad dificulta profundamente su recuperación teniendo en cuenta la propuesta morbosa y carnal que día sí, día también, la publicidad, el cine, la televisión, etcétera, propone a todos los consumidores.

Sin embargo, hay otro tipo de obsesión que comporta confundir continuamente molinos con gigantes. Se trata de la obsesión antirreligiosa que cada vez que ven una cruz en el espacio público despierta su fobia contra la religión.

Sobre esta segunda obsesión encontramos un ejemplo reciente en el Cristo de Monteagudo sobre el que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha ratificado que no es contrario a los principios de igualdad y libertad religiosa.

El TSJ de Madrid desestimaba así el recurso que la ‘Asociación Preeminencia del Derecho’, había interpuesto para lograr la retirada del Sagrado Corazón de Jesús ubicado en el castillo de Monteagudo (Murcia). La sentencia afirmaba que “la neutralidad e imparcialidad del Estado no es en forma alguna incompatible con la presencia de símbolos religiosos en lugares públicos”.

El Cristo es una de las imágenes más representativas de la pedanía, una construcción que data de 1926. Estaba formada en su origen por el Cristo con los brazos abiertos, las imágenes de San Francisco de Asís y de San Francisco Javier, dos indios en actitud orante y un relieve de Santa María de Alacoque en el pedestal. Esta estatua fue destruida durante la Guerra Civil, pero se levantó una nueva en el mismo lugar, diseñada por el artista Nicolás Martínez, de 14 metros de alto y que fue inaugurada el 28 de octubre en 1951.

“El Cristo caerá”, cuestión de tiempo

El abogado José Luis Mazón que representa a la asociación demandante ha afirmado no obstante que “El Cristo caerá, es solo cuestión de no largo tiempo”. La petición de la retirada del Cristo se basaba en “el derecho de libertad religiosa en el Convenio Europeo de Derechos Humanos obligatorio en España, así como en cumplimiento del derecho fundamental a la aconfesionalidad del Estado”.

Asimismo, la Asociación entendía que puede ser aplicable “el artículo 14 de la Constitución española por cuanto permitir el uso de un espacio público con la estatua referida constituye un privilegio a favor de un símbolo católico en comparación con otra confesión religiosa distinta”.

Sin embargo, la presencia de símbolos religiosos no es intolerancia hacia el no creyente y la sentencia del TSJ de Madrid expone que en España, como en tantos otros de similares tradiciones culturales y religiosas “se aprecia en multitud de lugares públicos la presencia de símbolos de carácter religioso como crucifijos, monumentos o estatuas representativas de la figura de Cristo similares”.

Además, aclara que su mantenimiento “no es sino manifestación del respeto a dichas tradiciones y no imposición de unas particulares creencias religiosas, y en tal sentido no pueden entenderse como representativos de posturas de intolerancia hacia el no creyente en las mismas y así debe entenderse cuando de su mantenimiento se trata”.

En definitiva, la sentencia indica que “la neutralidad e imparcialidad del Estado no es en forma alguna incompatible con la presencia de símbolos religiosos en lugares públicos que, como el presente, no son sino expresión de la historia y la cultura de España”, que “inevitablemente está cargada de elementos religiosos e ideológicos perfectamente compatibles con el principio de laicidad positiva exigido por la Constitución Española”.

El abogado José Luis Mazón, en declaraciones a la prensa, ha anunciado su intención de recurrir al Tribunal Supremo la decisión del TSJ de Madrid que ampara la ubicación del Cristo de Monteagudo. “La sentencia es un atentado al Estado laico, obra del sector católico conservador de la judicatura, esperamos tener más suerte en el Supremo y que nos toque el lado más moderno de la judicatura”, aseguró, diciendo que “vamos a impugnar la sentencia del TSJ de Madrid ante la Sala 3ª del Tribunal Supremo”.

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